Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Rechazar por falta de legitimación
- Rechazar por extemporánea
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU.068/18 formuladas por la UGPP y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Colpensiones en calidad de amicus curiae.
Se presentaron cargos por desconocimiento del precedente respecto de la forma cómo se debe liquidar el IBL en el régimen de transición establecido en la Ley 100 de 1993 y, la afectación del principio de sostenibilidad financiera del régimen pensional.
Luego de analizar cada uno de los escritos, la Corte decidió RECHAZARLOS, dos por falta de legitimidad de los peticionarios y el otro por ser formulado de manera extemporánea.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR por falta de legitimidad las solicitudes de nulidad formuladas por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, y por el Director de Acciones Constitucionales con funciones asignadas de Jefe de Oficina Asesora de Asuntos Legales de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, esta ultima en calidad de Amicus Curiae, contra la sentencia SU-068 de 2018 proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
- SEGUNDO. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de nulidad formulada por la Unidad Administrativa de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales -UGPP- contra la sentencia SU-068 de 2018 expedida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
- TERCERO. COMUNICAR la presente providencia a las partes involucradas, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.