Micelio
Auto6 de marzo de 2019

A- de 2019

Ponente Alberto Rojas Ríos

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
  • Rechazar por falta de legitimación
  • Rechazar por extemporánea
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU.068/18 formuladas por la UGPP y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Colpensiones en calidad de amicus curiae.

Se presentaron cargos por desconocimiento del precedente respecto de la forma cómo se debe liquidar el IBL en el régimen de transición establecido en la Ley 100 de 1993 y, la afectación del principio de sostenibilidad financiera del régimen pensional.

Luego de analizar cada uno de los escritos, la Corte decidió RECHAZARLOS, dos por falta de legitimidad de los peticionarios y el otro por ser formulado de manera extemporánea.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR por falta de legitimidad las solicitudes de nulidad formuladas por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, y por el Director de Acciones Constitucionales con funciones asignadas de Jefe de Oficina Asesora de Asuntos Legales de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, esta ultima en calidad de Amicus Curiae, contra la sentencia SU-068 de 2018 proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de nulidad formulada por la Unidad Administrativa de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales -UGPP- contra la sentencia SU-068 de 2018 expedida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
  3. TERCERO. COMUNICAR la presente providencia a las partes involucradas, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.